Por supuesto, en el siguiente artículo responderé las preguntas mas frecuentes sobre dicho comprobante de pago.
¿Qué es una liquidación de compra?
Es un tipo de comprobante de pago, el cual se encuentra regulado en el Reglamento de Comprobantes de Pago, específicamente en el numeral 1.3 del artículo 6º del Reglamento de Comprobantes de Pago.
¿Quienes puede emitir una liquidación de compra?
Solo pueden ser emitidas por los contribuyentes del Régimen General, Régimen Mype Tributario y del Régimen Especial del Impuesto a la Renta.
¿En qué casos se permite la emisión de una liquidación de compra?
En las adquisiciones que efectúen a personas naturales productoras y/o acopiadoras de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal y extracción de madera, de productos silvestres, minería aurífera artesanal, artesanía y desperdicios y desechos metálicos y no metálicos, desechos de papel y desperdicios de caucho, siempre que estas personas no otorguen comprobantes de pago por carecer de número de RUC.
¿Para que se utiliza una liquidación de compra?
Podrá ser empleada para sustentar gasto o costo para efecto tributario.
También, permitirá ejercer el derecho al crédito fiscal, siempre que se cumpla con lo establecido.
¿Cuando se entrega una liquidación de compra?
Se entrega una liquidación de compra cuando se entregue el bien o se efectúe el pago, lo que ocurra primero, pudiéndose entregar antes que ocurran estas situaciones.
¿Se debe aplicar detracción a las adquisiciones mediante una liquidación de compra?
No corresponde aplicar la detracción en aquellas operaciones en las que se emita una liquidación de compra.
¿Como se realiza el asiento contable?
Te comparto un articulo donde explico como realizar el asiento contable:
Libros Electrónicos - Liquidación de Compra
fuente: https://www.noticierocontable.com/liquidacion-de-compra/
fuente video: LIBROS ELECTRÓNICOS - LIQUIDACIÓN DE COMPRA - noticiero contable
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