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¿Qué productos puedo importar al Perú sin pagar impuestos ni declarar en la aduana?

¿Ha planeado un viaje y desea traer algunos productos sin incurrir en impuestos? Descubra cuáles son los artículos que puede ingresar a su país sin necesidad de declararlos en la aduana.

Con el tiempo, ha aumentado el número de peruanos que optan por adquirir productos en el extranjero. Esta tendencia se debe, en parte, a la mayor accesibilidad y a los precios más competitivos que ofrecen estos productos a los consumidores. Sin embargo, existen algunas restricciones que no se deben sobrepasar, con el fin de evitar rendir cuentas a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.

Si desea realizar la compra en su próxima visita al exterior y quiere evitar los inconvenientes del producto en Aduanas del Aeropuerto de Lima. Los siguientes son artículos que puede traer a Perú sin pago adicional o declaración.

¿Los bienes personales declaran impuestos en la aduana al entrar al Perú?

Al presentar una declaración jurada de equipaje, no se deberá incluir objetos personales siempre que sean de uso exclusivo del pasajero. Entre los bienes que se consideran libres de impuestos, se contemplan los siguientes:

  • Maletas
  • Bolsas y otros envases de uso común que contengan los objetos que constituyen el equipaje del pasajero, sus prendas de vestir
  • Objetos de adorno y tocador
  • Medicamentos
  • Libros
  • Revistas
  • Documentos impresos.
  • Aparato electrodoméstico para el cabello | 2 unidades.
  • Calculadora electrónica | 1 unidad.
  • Receptor de radiodifusión o reproductor de sonido, incluso con grabador, o equipo que en su conjunto los contenga, no profesional, con fuente de energía propia | 1 unidad.
  • Videocámara no profesional con fuente de energía propia, con una antigüedad mayor de 7 años | 1 unidad.
  • Aparato reproductor de discos digitales de video | 1 unidad.
  • Aparato de videojuego electrónico doméstico | 1 unidad.
  • Agenda electrónica o tableta electrónica | 1 unidad.
  • Computadora portátil con fuente de energía propia mayor de 7 años de antigüedad | 1 unidad.
  • Máquina rasuradora o depiladora eléctrica, con una antigüedad mayor de 7 años | 1 unidad.
  • Cámara fotográfica | 2 unidades.
  • Teléfono celular | 2 unidades. Uno de ellos debe tener más de 7 años de antigüedad.

¿Qué tipo de memorias puedo ingresar al Perú sin pagar impuestos?

  • Memorias USB | 4 unidades.
  • Disco duros externos | 2 unidades.
  • Memorias para cámaras, videocámaras o consolas de videojuegos | 4 unidades (solo si portas los aparatos mencionados).
  • Discos digitales de video o para videojuegos | 10 unidades.
  • Discos compactos | 20 unidades.

¿Puedo traer bebidas alcohólicas y tabaco sin pagar impuestos?

En caso de que el individuo que viaje sea mayor de edad, podrá ingresar los siguientes cigarros y bebidas alcohólicas:

  • Cajetillas de cigarrillos | 20 unidades.
  • Cigarros puros | 50 unidades (tabaco picado o en hierbas para fumar 250 gramos).
  • Licor | 3 litros.

¿Qué otros artículos puedo traer al Perú sin pagar impuestos?

Los siguientes objetos los pasajeros podrán traer de su viaje sin declarar ni pagar tributos:

  • Instrumento musical portátil | 1 unidad.
  • Artículos deportivos | 1 unidad o 1 set.
  • Mascota: animal doméstico vivo como mascota, previo control sanitario | 1 unidad.
  • Artículos de personas discapacitadas o enfermas: medios auxiliares y equipos necesarios para tu control médico y movilización (silla de ruedas, camilla, muletas, medidores de presión arterial, temperatura o glucosa, entre otros) que portes si tienes alguna discapacidad o enfermedad (cantidad razonable para tu viaje).
  • Otros productos que estén destinados para uso personal o como obsequio cuyo valor no exceda los US$ 500. Estos incluye aparatos electrónicos, herramientas y equipos varios para su profesión, oficio o actividad deportiva (una unidad de cada tipo).

¿Puedo traer dinero del extranjero sin pagar impuestos?

En caso de desear ingresar dinero en efectivo o algún instrumento financiero sin incurrir en gravámenes, el monto no deberá exceder los US$ 10,000 o su equivalente en otra moneda.


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