Los comprobantes de pago son documentos que acreditan la transferencia de bienes y la prestación de servicios entre otros; así mismo son otorgados en determinados casos por personas naturales sin negocio. Conoce más en este articulo sobre la emisión de facturas por personas naturales sin negocio.
Casos en que una persona natural –sin negocio- emite y entrega Factura.
En el caso de personas naturales sin negocio la Factura se emitirá de manera física en un formato pre impreso en papel obtenido de una imprenta autorizada por SUNAT.
Es requisito haberse inscrito previamente en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y contar con la Clave SOL, que se entrega gratuitamente a todas las personas naturales y jurídicas que tienen RUC, en los Centros de Servicios al Contribuyente de la SUNAT.
Sin embargo, hay casos en que una persona natural sin negocio debe proporcionar la Factura (rentas de segunda categoría).
- Cuando le pagan intereses por préstamos de dinero a empresas.
- Cuando le pagan regalías.
- Cuando le paguen por la cesión definitiva de marcas, patentes, regalías y otros.
Beneficios de entregar una factura por una persona natural – sin negocio.
La Factura es un tipo de comprobante de pago que se entrega por la compra-venta de bienes y servicios en general y la emiten con la finalidad de que:
- Las personas naturales sin negocio puedan acreditar sus ingresos por rentas de segunda categoría
- Las entidades privadas y del Estado y otras puedan acreditar sus costos o gastos.
Solicitar factura como empresa o entidad, permite acreditar el costo o gasto, lo que quiere decir, que el gasto o costo podrá ingresar a la contabilidad para reducir el calculo del impuesto a la renta.
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