Las diferencias temporales y permanentes son conceptos importantes en el ámbito contable y tributario. Pero ¿cuál es la diferencia entre estos dos conceptos?
Las diferencias temporales y permanentes se originan por las diferencias que se dan entre la Normativa Contable y la Normativa Tributaria, ello genera que el Resultado Contable no sea el mismo que el Resultado Tributario. Sabemos que la Normativa Contable esta dado por:
- Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)
- El tratamiento fiscal esta dado por: La ley del Impuesto a la Renta (LIR) D.S 179-2004-EF y su respectivo Reglamento.
Ya definido como se originan dichas diferencias veamos cada una de ellas:
DIFERENCIA PERMANENTE:
Básicamente son los ingresos inafectos y exonerados y las deducciones prohibidas mencionadas básicamente en el artículo 44º de la LIR, asi como los gastos que no cumplen con el principio de causalidad.
DIFERENCIA TEMPORAL:
Es la diferencia entre el monto de un activo o un pasivo en el Estado de Situación Financiera y su base imponible o tributaria.
De las 2 diferencias la mas resaltante es la D. Temporal ya que esta es la diferencia entre la base contable y la base tributaria que origina los activos y pasivos por Impuestos Diferidos.
Revisemos este ejemplo:
El requisito del pago previo a la Declaración Jurada de cualquier retribución en favor de los trabajadores, sin el cual no es deducible el gasto en ese ejercicio, sino en el que se efectúe el
pago de la retribución.
Este hecho genera una diferencia temporal que según registros contables ya se provisiono el gasto, pero para efectos de realizar la Declaración Jurada tendrá que adicionarse dicho monto
provisionado.
Luego en el periodo que se cancele la remuneración se deducirá en la DJ anual es decir la diferencia ya se revirtió en un periodo posterior.
Hay varios casos sobre las diferencias pero siempre es originado por diferencias de ambos tratamientos ( Contable y Tributario).
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